martes, 26 de enero de 2010

España aconfesional (según la Constitución de 1.978)

Hoy estará presente la Imagen de Cristo Crucificado, en homenaje y recuerdo a que Él nos quiso tentó que dio su vida por nosotros. Ahora debemos preguntado hasta donde estamos dispuestos a llegar por Él

“Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”. Esto es lo que dice el artículo 16, párrafo 3º, de la Constitución Española.

Como puede leerse, no dice que España sea un estado laico, ni laicista. Un estado laicista es un Estado que ignora deliberadamente las creencias religiosas de sus ciudadanos, y cuyo único mandato a sus gobernantes respecto de la religión es precisamente no tener en cuenta las creencias religiosas de nadie y actuar independientemente de ellas.

Como acabamos de leer en el artículo 16 de la Constitución, en España los poderes públicos deben, imperativamente, no hacer caso omiso (“tendrán en cuenta”) de las creencias religiosas de los ciudadanos. Nos guste o no, la Constitución no dice que España sea un Estado laico.

Lo que dice la Constitución es que “ninguna confesión tendrá carácter estatal”, que no es lo mismo que ser un Estado laico. El Estado aconfesional es el que no se declara oficialmente seguidor de ningún credo religioso, respetando todos los credos y, por supuesto, garantizando la libertad religiosa y de culto de los ciudadanos, con todas las consecuencias. Una de esas consecuencias, por ejemplo, es la libertad de enseñanza en su aspecto de garantía del derecho de los padres a elegir la formación religiosa para sus hijos, prevista en el artículo 27 de la misma Constitución. Especialmente importante en este momento es recordar que la Constitución atribuye a los padres, y no al Estado, la elección de la orientación religiosa de la educación de sus hijos.

Hay dos expresiones en el artículo 16 que quisiera subrayar: son las expresiones “tendrán en cuenta” y “mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación”. Seguramente, las interpretaciones posibles son variadísimas. Pero las palabras son bastante claras. Y el Gobierno lo sabe. Y el Partido Socialista también.

Siendo la Constitución la Ley Española de mayor rango, a la que han de adecuarse todas las demás leyes y la actuación de los poderes públicos, parece que una consecuencia justa es que las leyes y la actuación del Gobierno deben, no como quien hace un favor sino como quien cumple un mandato del pueblo, tener en cuenta las creencias religiosas de la gente y mantener relaciones de cooperación con las confesiones religiosas. Les copio lo que mi diccionario dice que es cooperar: “obrar juntamente con otro u otros para un mismo fin”.

España no es un Estado laico. España es un Estado aconfesional, como no podía ser de otra forma en un país libre y plural. Y precisamente en virtud de esa libertad y de ese pluralismo los poderes públicos españoles están obligados a lo que están obligados. Otra cosa es que el Gobierno y el Partido Socialista quieran amagar, para tener callados a los obispos y que éstos no digan lo que piensan de las iniciativas legislativas sobre el matrimonio y la familia y sobre el aborto y la eutanasia, o sobre la libertad de enseñanza.

Debemos conocer nuestros derechos para pode exigirlos

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